martes, 19 de abril de 2011

RECORDATORIO SOBRE LA INASISTENCIA

En caso de ausencias por enfermedad, el alumno tiene derecho a presentar certificado médico debidamente acompañado de la copia del bono o de la boleta de honorarios de atención, sin estos documentos la certificación será rechazada. -El alumno tiene un plazo de una semana a contar de la última fecha de asistencia para presentar esta documentación. En el certificado deben constar las fechas exactas y debe venir timbrado (se refiere al timbre que acredita la inscripción del facultativo en el Colegio Médico) -En caso de ausencia por trámites que requieran la presencia del alumno éste podrá certificar dicha ausencia con los papeles legales correspondientes que certifiquen el día de la ausencia. Este certificado deberá ser presentado con un plazo de una semana a contar de la primera ausencia. -En el caso de los alumnos que trabajen, podrán presentar un certificado que indique el período en el cual el alumno se desempeñará en dicho trabajo. Este certificado deberá ser presentado inmediatamente iniciado el trabajo y en ningún caso al final del semestre. -Los certificados permiten al alumno descontar ausencias hasta un 60 por ciento de asistencia. En el caso de los alumnos que presenten certificados médicos o de trámite, se descontarán las fechas indicadas en dichos certificados. En los casos de alumnos que presenten certificado de trabajo, se descontarán las ausencias comprendidas en el período indicado en el certificado. -El certificado médico permite rendir un control no efectuado el día de ausencia indicado en el certificado en el plazo de dos semanas, la no concurrencia en la fecha indicada por el profesor le significará la nota mínima. -Todo certificado debe ser presentado en Secretaría de carrera y debidamente timbrados por los organismos competentes. -Certificado de trabajo o por trámites sólo permite descontar ausencias a clases. La no concurrencia a un control o entrega de trabajo le significará un 1.0. Resumen: Por tanto, el porcentaje mínimo de asistencia es del 70%. Se podrá reducir hasta un 60% la inasistencia, presentando un certificado médico o de trabajo.

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